El servicio de administración tributaria (SAT) informa a los usuarios de comercio exterior que se hace referencia al último párrafo del artículo 17 de la ley aduanera, que entro en vigor el 22 de diciembre de 2018, en cual establece lo siguiente:
“El Servicio de Administración Tributaria podrá expedir un gafete electrónico de identificación a través del sistema electrónico aduanero, por el cual los interesados pagaran un aprovechamiento de $200.00, mismo que será destinado al fideicomiso público para el programa de mejoramiento de los medios de informática y de control de las autoridades aduaneras”
Para mayor información de cómo efectuar la solicitud de emisión del Gafete Único de Identificación (GUI) descarga la Hoja Informativa no.5, y continúa los siguientes pasos para realizar la solicitud. |