Comunicado: Vigencia y Pago de Derechos
La Secretaría de Hacienda por vía de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior, publicó un comunicado sobre la vigencia y pago de derechos, Si tu Registro en el Esquema de Certificación de Empresas en cualquiera de sus modalidades se encuentra próximo a vencer, te invitamos a que ingreses a tiempo tu Aviso de Renovación.
Presenta el aviso dentro de los 30 días hábiles previos a la fecha fin de vigencia de tu certificación o de tu última renovación; toma en cuenta los días inhábiles para el SAT durante el periodo decembrino que se publicarán en la Resolución Miscelánea Fiscal.
Del presente boletín se resalta que: “Si ya se realizó el pago por la siguiente renovación para el ejercicio 2021 con la cuota vigente en 2020, podrás presentar dicho comprobante y una vez publicada la cuota correspondiente al ejercicio 2021, deberás pagar la diferencia entre el pago que realizaste y la cuota que resulte aplicable.”