Modificación a los Decretos IMMEX y PROSEC.
La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación la Modificación de los Decretos IMMEX y Prosec, con el fin de brindar certeza jurídica a los usuarios y mantener las medidas establecidas en los Decretos, con relación a los recipientes de aluminio para gas comprimido o licuado, clasificados en la fracción arancelaria 7613.00.99.
-
- Se adiciona la fracción 7613.00.99 de la TIGIE al Apartado D, del Anexo II del Decreto IMMEX.
- Se suprime la 7613.00.01 del mismo apartado
- Se adiciona la fracción 7613.00.99 de la TIGIE al Apartado D, del Anexo II del Decreto IMMEX.
- Se adicionó la fracción arancelaria 7613.00.99 al Artículo 5, fracción XIX del Decreto Prosec
- Se suprime la 7613.00.01 del mismo.
Los siguientes cambios entran en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.