ACUERDO por el que se delegan facultades a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria.
El día de hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “ACUERDO por el que se delegan facultades a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria.”, mediante el cual, en su Artículo Único, se delegan en los servidores públicos de la Administración General de Aduanas facultades en las cuales se destacan diversas relacionadas con los recursos del fideicomiso público para administrar la contraprestación a que se refiere el artículo 16 de la Ley Aduanera (FACLA), resaltando siguientes facultades:
- Adoptar e implementar, conforme a las disposiciones que emitan las instancias competentes, las normas y procedimientos para la operación del sistema de contabilidad, del presupuesto, activos, pasivos, ingresos y gastos y remitir a las instancias competentes los informes financieros correspondientes;
- Celebrar contratos, convenios y demás actos relacionados, en términos de las disposiciones aplicables;
- Llevar a cabo los procedimientos de contratación de servicios correspondientes, conforme a la normativa aplicable y supervisar la prestación de estos, y Suscribir, modificar, revocar, suspender, dar por terminado anticipadamente y rescindir administrativamente los convenios y contratos que celebre y de cuya ejecución se desprendan obligaciones patrimoniales a cargo del fideicomiso a que se refiere este inciso, así como de los demás documentos que impliquen actos de administración de dichos recursos, en términos de las disposiciones que sean aplicables
El activo total del Fideicomiso Público para Administrar la Contraprestación a la que se refiere el artículo 16 de la Ley Aduanera se ubicó en 75,405 millones de pesos al 31 de diciembre del 2020.