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Criterios de aplicación para movimientos transfronterizos de Residuos Eléctricos y Electrónicos y sus componentes.

Criterios de aplicación para movimientos transfronterizos de Residuos Eléctricos y Electrónicos y sus componentes.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Subsecretaría de Gestión para la protección ambiental, Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas, dio a conocer los “Criterios para dar respuesta a consultas respecto al trámite SEMARNAT-07-021 para empresas beneficiarias del Programa IMMEX, relacionadas con Residuos de Aparatos Electrónicos y Eléctricos”, mediante los cuales se podrá tener una mejor compresión de los trámites de movimientos transfronterizos de residuos electrónicos sujetos al referido trámite de SEMARNAT, así como del Registro de Verificación de la PROFEPA.

Con la publicación de dichos criterios se da respuesta a diversas dudas, entre las cuales conoceremos lo siguiente:

    • ¿Cuándo un aparato eléctrico o electrónico se considera un residuo o desecho?
    • ¿Cuáles son los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos sujetos de ser retornados y que se deben reportar mediante el trámite SEMARNAT-07-021 ante la SEMARNAT?
    • ¿Cómo y cuándo debo presentar el Aviso de materiales importados bajo régimen temporal?
    • ¿Se puede usar la fracción arancelaria con la que se importaron los insumos para el retorno de los residuos peligrosos?

Para conocer más a detalle, descarga el Oficio…

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