OCTAVA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020 y su Anexo 1-A.
La Secretaría de Administración Tributaria (SAT) público la OCTAVA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020 y su Anexo 1-A. La cual contempla adecuaciones solamente a dos reglas relativas a la suspensión de los padrones de importadores y de exportadores sectorial, y su reincorporación.
Específicamente en la regla 1.3.3. se establece que, si el supuesto de suspensión que se configure resulta aplicable solamente a uno de los sectores del padrón de importadores de sectores específicos o del padrón de exportadores sectorial se podrá́ suspender al contribuyente únicamente en el o los sectores que correspondan, de acuerdo con el incumplimiento de que se trate.