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Pago de Derechos Empresas Certificadas.

Pago de Derechos Empresas Certificadas.

Aquellas empresas certificadas que hubieran renovado de acuerdo al comunicado emitido por el SAT del 20 de noviembre del 2020, deberán cubrir o pagar la cuota pendiente del pago de derechos a que se refiere el artículo 40, inciso m, de la Ley Federal de Derechos para el ejercicio 2021:

    1. En el supuesto de haber presentado su renovación sin realizar el pago de derechos con la cuota del 2020, tendrán 15 días hábiles para cubrir la cuota correspondiente y enviar la evidencia del pago dentro de los días hábiles una vez realizado el pago a los correos de certificación.

 

  1. Si realizaste el pago de la renovación con la cuota del 2020, deberás presentar el comprobante de pago acompañado del comprobante de pago de la diferencia aplicable.

 

Cuota 2020: 29 mil 748 pesos.
Cuota 2021: 30 mil 739 pesos.
Diferencia a cubrir: 991 pesos.

Para conocer más a detalle, descarga la publicación…

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