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Quinta Resolución de modificación a las RGCE para el 2018.

La Quinta Resolución de modificación a las RGCE para el 2018 contempla:


Primero:

  • Modificación al numeral 42 de la fracción II “Acrónimos”

    II. ACRÓNIMOS:
  • 42: FGR. Fiscalía General de la República.

    Segundo:

    Se modifican, adicionan y derogan las siguientes:
    • 1.3.1., fracción XVI.
    • 1.4.14., primer párrafo; fracciones V, primer párrafo; VI, primer párrafo, y VII, primer párrafo.
    • 1.4.17., primer párrafo.
    • 1.5.4.
    • 3.1.3., primer y segundo párrafos.
    • 3.1.27., segundo párrafo.
    • 4.3.21., primer párrafo.
    • 4.4.7., primer párrafo.
    • 4.5.31., fracciones III, segundo y tercer párrafos.
  • Se Resaltan:

  • RGCE actual.

  • EXIGIBILIDAD DEL ARTÍCULO 81 DEL REGLAMENTO
    1.5.4 Los elementos que el importador debe proporcionar anexos a la manifestación de valor, de conformidad con el artículo 81 del Reglamento, serán exigibles a partir del 1 de abril de 2019.

  • Quinta Resolución Anticipada

  • Exigibilidad del artículo 81 del Reglamento
    1.5.4. Los elementos que el importador debe proporcionar anexos a la manifestación de valor, de conformidad con el artículo 81 del Reglamento, serán exigibles a partir del 1 de julio de 2019.

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