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Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018.

Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informo a los usuarios de comercio exterior, de acuerdo a la segunda modificación a Reglas Generales de Comercio Exterior para el 2018, en su artículo Transitorio Único, fracción IV, se establece como entrada en vigor el 1º de noviembre de 2018 de la regla 4.3.21, ahora bien, de acuerdo a la presente esta entrara en vigor hasta el próximo el 01 de marzo del 2019.

La regla 4.3.21 es para aquellas empresas que importen bienes sensibles, pero no tengan una certificación en materia de IVA e IEPS o en su caso tenga una certificación en materia de IVA e IEPS pero no se cumpla con lo estipulado en la regla 7.1.2 séptimo párrafo, por lo que podrán optar por tramitar una póliza de fianza revolvente para la importación temporal de dichas mercancías.

De tener dudas del presente, estamos a disposición.

Descarga la Resolución:

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